¿Qué es el impuesto de franquicia?

Para navegar bajo pabellón francés, una embarcación de recreo debe estar registrada. Se trata de un impuesto que debe pagarse anualmente. Sin embargo, no todos los buques están sujetos a ella.

¿Qué es la francización?

La franqueación es el acto de enarbolar la bandera francesa y, por tanto, de navegar bajo la ley francesa. Pero para poder navegar con bandera francesa, hay que pagar una tasa. De hecho, algunos barcos tendrán que pagar un impuesto de franqueo cada año.

¿A quién se aplica el impuesto de franquicia?

Este impuesto se aplica a las embarcaciones de recreo o deportivas destinadas a ser utilizadas en el mar con una eslora del casco superior a 7 m o inferior, pero con un motor igual o superior a 22 CV (caballos de potencia fiscal). Por lo tanto, las embarcaciones con una eslora inferior a 7 m y un motor de menos de 22 CV están exentas del impuesto de matriculación. Lo mismo se aplica a las embarcaciones propulsadas únicamente por la fuerza humana, independientemente de la longitud de su casco. Recibirán un tarjeta de circulación emitido por Asuntos Marítimos. Sólo los buques registrados pueden navegar en aguas internacionales.

Para ser franqueado, el barco debe cumplir también tres criterios:

  • Pertenecer a una persona o empresa que sea miembro de la Unión Europea (UE) o del Espacio Económico Europeo (EEE).
  • Haber sido construido en la UE o haber pagado los derechos e impuestos correspondientes;
  • Haber sido sometido a un control de seguridad.

El propietario recibirá entonces un certificado de registro y un título de navegación (que sustituye al antiguo cuaderno naranja).

Desde el 1 de enero er desde el 1 de enero de 2013, las motos acuáticas con una potencia de motor igual o superior a 90 kW deben registrarse en una oficina de aduanas. A cambio, reciben dos documentos: una tarjeta de tráfico expedida por el departamento de asuntos marítimos y un certificado de registro expedido por el departamento de aduanas.

¿Qué barcos están exentos?

Algunas embarcaciones no tienen que pagar el impuesto de franquicia:

  • Embarcaciones pertenecientes a escuelas de deportes acuáticos que estén bajo la autoridad de asociaciones aprobadas por el Ministro de Deportes,
  • Barcos propulsados únicamente por energía humana
  • Barcos clasificados como monumentos históricos;
  • Barcos de interés patrimonial.

El importe del impuesto disminuye con la edad, que se aplica tanto al casco como al motor o motores:

  • -33% para los barcos mayores de 11 años y hasta los 21 años de edad el 1 de enero de 2019;
  • -55% para las embarcaciones cuya edad a 1 de enero de 2019 sea superior a 21 años e igual o inferior a 26 años;
  • -80% para embarcaciones de más de 26 años el 1 de enero de 2019.

¿Cómo se franquea el barco?

En el caso de la compra de una embarcación nueva, se envía un expediente al servicio de aduanas del puerto de origen que elija. Este último enviará sus documentos al departamento de asuntos marítimos elegido para el registro.

En el caso de una compra de segunda mano, debe presentar el certificado de compra al servicio de aduanas en el plazo de un mes. Este último le expedirá un nuevo certificado de registro.

¿Cuándo hay que pagar el impuesto de franquicia?

En el momento de la matriculación del buque para pagar la tasa anual, el navegante debe pagar una tasa anual por el registro y la navegación de la embarcación (DAFN). A continuación, paga según el momento en que compra su barco (el mes empieza = el mes completo) y hasta el final del año. Por ejemplo, para una embarcación comprada en junio, la suma a pagar será de 7/12 e de la cuota anual.

Cada año si es ciudadano francés, debe pagar este impuesto, que varía en función de la longitud del casco del barco y de la potencia administrativa del motor o motores. Se puede calcular una reducción en función de la edad del buque.

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