A su vez, el Reino Unido quiere subsanar un vacío legal en materia de conducción bajo los efectos del alcohol

El Peaky Blinder había chocado contra una baliza a unos 33 nudos
El Peaky Blinder había chocado contra una baliza a unos 33 nudos

En el Reino Unido, un accidente mortal con una embarcación semirrígida reaviva el debate sobre el consumo de alcohol a bordo. El informe de la Marine Accident Investigation Branch, el equivalente a la BEA francesa, considera que la normativa actual presenta una importante laguna para los navegantes de recreo. Los investigadores reclaman ahora la entrada en vigor de una legislación que se lleva esperando más de veinte años.

La conducción bajo los efectos del alcohol está sujeta a una normativa estricta en la carretera. En el mar, la situación es diferente en el Reino Unido. La investigación de la Marine Accident Investigation Branch (MAIB), publicada tras la colisión de la embarcación semirrígida Peaky Blinder frente a las costas de Portsmouth, concluye que la ausencia de un límite legal de alcoholemia aplicable a los navegantes de recreo constituye una deficiencia del sistema británico. Más allá de las circunstancias de este accidente, los investigadores vuelven a poner sobre la mesa una reforma que las autoridades marítimas llevan reclamando regularmente desde 2005.

Un accidente en el que confluyen varios factores de riesgo

El 14 de agosto de 2025, la embarcación semirrígida Peaky Blinder, una Cougar R8 Sport de 8,40 m equipada con un motor fueraborda de 300 ch, regresó a Port Solent tras un día de navegación entre el Solent y la isla de Wight. A bordo, tres amigos han hecho varias paradas en restaurantes y bares de la costa.

A la entrada del puerto de Portsmouth, el barco acelera progresivamente hasta alcanzar los 49,7 nudos en una zona con un límite de velocidad de 10 nudos. Unos instantes después, mientras intentaba incorporarse al canal balizado, el piloto giró bruscamente el timón a babor antes de chocar de lleno contra una baliza a 33,5 nudos.

Los tres ocupantes cayeron al mar. Dos hombres fallecieron a causa de los traumatismos y el ahogamiento. El tercero sobrevivió con heridas leves.

La investigación concluye que se dieron una combinación de varios factores. La velocidad era casi cinco veces superior al límite vigente. El piloto presentaba una alcoholemia de 1,98 mg/dL, es decir, casi cuatro veces el límite aplicado a los marineros profesionales británicos. Ninguno de los ocupantes llevaba chaleco salvavidas, ni siquiera había ninguno a bordo. Para la MAIB, cada uno de estos elementos agravó las consecuencias del accidente, pero la combinación del alcohol y la velocidad constituye el factor determinante.

Desde 2003 existe una ley, pero sigue sin ser aplicable a los navegantes de recreo

Sin embargo, la conclusión más destacada del informe no se refiere únicamente al desarrollo del accidente. Los investigadores recuerdan que la Ley de Seguridad Ferroviaria y del Transporte, aprobada en 2003, ya preveía la tipificación como delito de la conducción bajo los efectos del alcohol para los navegantes de recreo. Sin embargo, las disposiciones que permiten establecer un límite de alcoholemia y velar por su cumplimiento nunca se han aplicado.

En consecuencia, los marineros profesionales están sujetos a un límite legal de 50 mg/dL en sangre y pueden ser sometidos a controles. Los navegantes de recreo, por su parte, no tienen ningún límite cuantitativo de obligado cumplimiento. En la práctica, las autoridades solo pueden sancionar a un patrón tras un accidente o cuando se demuestre que su comportamiento ha puesto directamente en peligro a otras personas. A diferencia del código de circulación, no existe, por tanto, ningún mecanismo preventivo que permita multar a un navegante de recreo simplemente por superar un límite legal de alcoholemia.

La MAIB considera que esta diferencia fomenta una cierta banalización del consumo de alcohol durante las salidas de recreo. Los investigadores recuerdan que las comidas en restaurantes, las escalas en puertos deportivos o las concentraciones náuticas suelen ir acompañadas del consumo de alcohol, sin que esta práctica se perciba como incompatible con el manejo del timón.

Este debate se hace eco de la evolución reciente de la normativa francesa. En Francia, la enmienda conocida como «Benjamin», aprobada en el marco de una reforma de la seguridad marítima, refuerza el conjunto de medidas destinadas a combatir la conducción bajo los efectos del alcohol en la navegación de recreo. El texto también surge a raíz de accidentes mortales que han puesto de manifiesto las consecuencias del consumo de alcohol al timón de una embarcación. Aunque los marcos jurídicos difieren entre ambos países, la lógica es similar: armonizar progresivamente las normas aplicables a los navegantes de recreo con las que ya están en vigor en la carretera, con el fin de reducir el número de accidentes relacionados con la alteración de las capacidades del patrón.

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