Naufragio del «Blue Velvet»: una condena sin precedentes tras la destrucción de 200 m² de posidonia

Los restos de este viejo yate habían destruido cerca de 200 m² de posidonia
Los restos de este viejo yate habían destruido cerca de 200 m² de posidonia

Casi cinco años después del encallamiento del Blue Velvet en La Croix Valmer, el tribunal marítimo de Marsella ha reconocido la existencia de un perjuicio ecológico relacionado con la destrucción de una pradera de posidonia. El propietario del yate ha sido condenado a sanciones penales, así como al pago de más de 110 000 euros destinados a la restauración del medio marino. Esta decisión supone una primicia para un gestor de un espacio marino protegido.

El caso del Blue Velvet supone un hito importante en la protección jurídica de los ecosistemas marinos. El tribunal marítimo de Marsella ha condenado al propietario del yate de 18 m que encalló en agosto de 2021 en La Croix Valmer, al considerar que su falta de intervención tras el naufragio había provocado un daño duradero en una pradera de posidonia, una planta marina protegida y esencial para el funcionamiento de los ecosistemas mediterráneos.

Un encallamiento seguido de una larga inmovilización del pecio

El Blue Velvet se había soltado de su amarre durante una tormenta antes de encallar en la costa del Var en agosto de 2021. A pesar de las varias notificaciones enviadas por el prefecto marítimo, los restos del naufragio no se habían retirado en los plazos establecidos.

Tras permanecer varios meses hundido, el barco se fue deteriorando progresivamente hasta que se desintegró en otoño de 2021, esparciendo restos por una parte del litoral. En aquel momento, las autoridades ya habían señalado que esta situación ponía de manifiesto la dificultad de gestionar con rapidez ciertos pecios abandonados en el Mediterráneo.

Casi 200 m² de pradera destruidos

Los estudios realizados por los gestores del Área Marina Protegida del golfo de Saint-Tropez han permitido documentar la evolución de los daños gracias a varias campañas de buceo llevadas a cabo a lo largo de muchos meses.

Según las conclusiones del tribunal, cerca de 200 m² de pradera de posidonia han resultado dañados o destruidos por la presencia prolongada del pecio.

La posidonia, endémica del Mediterráneo, forma extensas praderas que desempeñan un papel esencial para la biodiversidad. Sirven de vivero para numerosas especies de peces e invertebrados, estabilizan el fondo marino, limitan la erosión del litoral y contribuyen al almacenamiento de carbono. Su crecimiento es especialmente lento, lo que hace que su recuperación sea un proceso largo cuando sufren daños.

Una primera decisión adoptada por el responsable de un espacio marino protegido

El caso presenta un carácter sin precedentes. La Mancomunidad de municipios del Golfo de Saint-Tropez, encargada de la gestión del Área Marina Protegida clasificada como Natura 2000, había iniciado un procedimiento por la destrucción de una pradera de posidonia.

El expediente se basaba en un seguimiento científico que permitía demostrar con precisión la evolución de los daños entre el momento en que el buque encalló y su retirada. Estos elementos contribuyeron a que el tribunal reconociera el perjuicio ecológico.

Esta decisión sienta un precedente para los gestores de espacios marinos protegidos que se enfrentan a las consecuencias de los pecios o los fondeaderos que pueden dañar hábitats sensibles.

Sanciones penales y reparación medioambiental

El tribunal ha condenado al propietario del Blue Velvet a cuatro meses de prisión condicional, a una multa de 15 000 ? por infringir la normativa marítima y a la suspensión de su título de navegación durante dos años.

A estas sanciones se suma una condena por daños ecológicos. Se deberán abonar más de 110 000 ? para financiar las operaciones de restauración de la pradera de posidonia destruida.

Esta decisión recuerda que las consecuencias de un encallamiento no se limitan a las operaciones de rescate o de descontaminación. Cuando un buque permanece en una zona sensible, los daños causados a los hábitats marinos pueden dar lugar, a partir de ahora, a una indemnización específica basada en el perjuicio ecológico, siempre que se demuestre su existencia.

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